Negocios
Preocupación en el empresariado por el poder que tiene el SAT en la nueva ley anti huachicol
Consecuencias de la caída del acuerdo por el Fiscal General. Inquietud por el ascenso de Morena.

 Juan Pablo Castañón había trasladado su inquietud ante Emilio Gamboa y José Antonio González Anaya: a los hombres de negocios les preocupa que en la nueva Ley de Hidrocarburos que votó el Senado el SAT tiene fuertes atribuciones para investigar a aquellas empresas que sospecha se abastece de huachicol. 

Castañón le habría requerido a Gamboa  que se limiten las enormes facultades que tendría SAT  para investigar empresas ya sin pasar por instancia judicial, solo con la mínima sospecha de que un privado podría estar comprando huachicol. Es muy obvio: Castañón ha escuchado insistentes pedidos de empresarios que están preocupados porque esta atribución que tendrá el SAT se utilice de modo discrecional y con la intención de pedidos irregulares.

Tras la reunión con Gamboa, el titular del CCE se había reunido con José Antonio González Anaya en la Secretaría de Hacienda. En esa cita, se habrían ultimado algunos detalles clave de esa modificación legislativa. Pero nada sucedió: LPO explicó se trataría de un intercambio, mesurar la ley a cambio de que los empresarios convencieran a los panistas de votar el Fiscal General. Los votos de los senadores no aparecieron y la ley no se modificó. 

En paralelo sobrevuela el temor de que Morena lidera las encuestas y lo que podría ser un SAT bajo el mando de AMLO y con dichas atribuciones.

Una vez que se publique la norma, el SAT podrá controlar cada litro vendido por las gasolinerías de todo el país, colocará equipos y programas informáticos para que haya una fiscalización de la producción, compra y venta de los hidrocarburos, emitirá certificados a las estaciones de servicio que cumplan con esta normativa y hasta se estipulan sanciones económicas para los que no cumplan, así como la clausura de los establecimientos.

La reforma al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, propone que las gasolineras cuenten con equipos y programas informáticos. Además, estos equipos y programas deben ser autorizados exclusivamente por el SAT y deberán estar operando en todo momento, por lo que los empresarios están obligados a verificar que estén operando y deben ser certificados igual por el Servicio de Administración Tributaria para que acredite su correcto funcionamiento.

El artículo 42 señala que el SAT podrá practicar visitas domiciliarias a las gasolineras, para verificar el número de operaciones que deban ser registradas como ingresos: "Y en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el periodo de tiempo que dure la verificación", esto para vigilar que la gasolina que se vende sea licita y no coincidan los ingresos económicos con la venta del combustible.

Asimismo, estarán obligados a emitir comprobantes fiscales digitales por internet para amparar las operaciones realizadas con el público en general y deben ponerlas a disposición de las autoridades fiscales cuando se lo requieran.

Además establecen penas de 3 a 8 años de cárcel a los empresarios gasolineros que no tengan los equipos y programas de controles volumétricos, los altere, no los tenga, no use o los destruya, a quienes entreguen registros falsos, incompletos o inexactos de estos controles,


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