El Décimo Tribunal Colegiado declaró infundado el recurso de inconformidad que interpuso la ProcuradurÃa General de la República (PGR) contra la decisión del juez Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales que dejó sin efecto el auto de formal prisión dictado a Guillermo Padrés ElÃas, exgobernador de Sonora, por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilÃcita y defraudación fiscal equiparada por 8.8 millones de dólares.
Sin embargo, dicha resolución no implica que el exmandatario abandone el Reclusorio Oriente en la Ciudad de México, donde se encuentra desde noviembre de 2016, debido a que aún tiene pendiente otro proceso en un juzgado de Toluca por lavado de dinero de más de 10 millones de pesos.
"Porque si bien, en el expediente obra la querella presentada por el Director General de Delitos Fiscales de la SubprocuradurÃa Fiscal Federal de Investigaciones, no se advirtió que dicha autoridad ejerciera las facultades en cita con el objeto de comprobar la posible comisión de ilÃcitos fiscales y allegarse de las pruebas tendentes a satisfacer el requisito de procedibilidad correspondiente".
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