Una buena noticia para Anaya. En medio del golpeteo que está recibiendo por la presunta vida lujosa que lleva su familia en Atlanta, Estados Unidos, en las últimas horas del miércoles el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió de manera unánime que el dirigente del PAN no hacía campaña anticipada, uso indebido ni promoción personal en sus spots.
La acusación surgió del Partido Verde, quien puso en análisis los promocionales denominados "Se puede" y "Se puede V2", tras lo cual se tomó esta resolución aunque con la instrucción al Instituto Nacional Electoral (INE) para adoptar medidas que permitan “prevenir, investigar y sancionar este tipo de casos a futuro”.
El análisis generó cuestionamiento al interior de las autoridades electorales, por ejemplo, por parte del magistrado Flavio Galván, quien avaló en lo general, emitió un voto en contra del resolutivo que vinculará al INE, pues argumentó que ello “implica solicitar al organismo electoral que cumpla con las facultades que ya tiene consagradas en las leyes”.
Por su parte, la magistrada María del Carmen Alanís indicó que “fuera de la litis no me gusta lo que están haciendo los presidentes de los partidos, porque están apartándose del modelo de comunicación política, pero en la litis tenemos que declarar la inexistencia de infracción”.
Otro magistrado admitió que el modelo de comunicación política está sobrerregulado por las prohibiciones que tienen muchos actores políticos, de ahí que consideró fundamental que el INE realice un escrupuloso escrutinio en relación con lo que pueda significar un fraude, a efecto de prevenir, corregir o reparar este tipo de asuntos.
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