Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eximieron al PAN y a su abanderada Josefina Vázquez Mota de haber incurrido en actos anticipados de campaña.
De a cuerdo con El Universal, el impugnante (Morena) buscó revertir la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), mismo que declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas al PAN y a su candidata por la presunta comisión de actos anticipados de campaña por la difusión del spot "Estado de emergencia".
Morena denunció que el PAN no pautó tiempos para sus otros 11 precandidatos por tanto hubo uso indebido de la pauta, ya que como acreditó la Sala Regional del mismo TEPJF Vázquez Mota tuvo 17 mil 781 impactos en radio y televisión en el periodo del 26 marzo al 3 de abril, lo cual la posicionó en el proceso electoral.
Sin embargo los magistrados determinaron que ese alegato no fue hecho valer en la denuncia original, sino posteriormente, razón por la que no podÃa valorarse ahora.
Se resolvió que otros argumentos eran infundados e inoperantes, ya que en los promos no fue posible advertir acto anticipado de campaña, al no promoverse plataforma polÃtica ni acciones en pro ni en contra de algún partido o un llamamiento al voto.
En los spots se apreció que se criticó la corrupción e inseguridad en el estado.
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